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Empresas de seguridad privada saludan la decisión de declarar inconstitucionalidad artículo afectaba ese sector

Publicado el septiembre 25, 2021


SANTO DOMINGO.- El Consejo Nacional de Empresas de Seguridad (CONADES) saludó la decisión del Tribunal Constitucional que declaró como inconstitucional el artículo 14 numeral 2 literal F, de la Ley 631-16 de Porte y Tenencia de Armas de Fuego.

Asimismo, el CONADES agradeció a Katia Salomón, directora ejecutiva de la Asociación Dominicana de Empresas de Seguridad (ADESINC) por el esfuerzo realizado para la nulidad del referido articulado por no estar conforme con la Constitución de la República.

La decisión del TC anuló el requisito que exige una edad mínima de 30 años para que el Ministerio de Interior y Policía pueda emitir las licencias sobre la tenencia y porte de armas de fuego a personas físicas, así como aquellos que puedan tener asignada un arma propiedad de una persona jurídica dedicadas a prestar servicio a la Seguridad Privada. “Con la nulidad de esta medida podemos darle la oportunidad a los jóvenes de un primer empleo, donde podrán desarrollarse y sustentarse”, expresa el licenciado Aurelio Pérez, presidente de CONADES. Agregó que: “asimismo reafirmamos el compromiso no solo de la oportunidad de insertarse en una actividad productiva, sino también de capacitarlos y motivarlos a construir una mejor sociedad”.

Aurelio Pérez destacó que el sector de la seguridad privada proporciona cientos de miles de horas de vigilancia y es parte del sustento de las familias de los treinta y seis mil vigilantes de seguridad que, con su arduo trabajo, contribuyen a la seguridad ciudadana.


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